Declaración de IVA, Retenciones y Pagos Fraccionados de Renta y de Sociedades
Obligaciones Fiscales para Pymes y Autónomos antes del 21 de Octubre
- Modelo 111: declaración de las retenciones de IRPF practicadas a trabajadores, profesionales o empresarios.
- Modelo 115: declaración de retenciones practicadas por el alquiler de una oficina, nave u otro espacio asociado a la actividad laboral.
- Modelo 130: declaración trimestral del impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF) en el que se liquida el pago fraccionado de este impuesto.
- Modelo 131: declaración de las retenciones a cuenta de IRPF para aquellos autónomos que se encuentren en régimen de estimación objetiva, también conocido como sistema de módulos.
- Modelo 303: este documento obligatorio para autónomos y pymes. Se trata del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), que soportan las facturas de gastos y repercuten en las de ventas.
- Modelo 349: declaración para aquellas personas y pymes que realicen operaciones intracomunitarias (la prestación de servicios debe incluirse en el módulo).
Obligaciones Fiscales para Grandes Empresas (ingresos anuales superiores a 6.010.121,04 euros durante los 12 meses anteriores al periodo impositivo)
Deben presentar obligatoriamente el modelo 202, con independencia de que no deban efectuar ingreso alguno en concepto de pago fraccionado.
Dicho modelo 202 debe presentarse obligatoriamente por vía telemática (aun cuando en consecuencia fuera cuota cero), siempre observando el plazo máximo de presentación, que finaliza el próximo 21 de octubre (salvo que se domicilie el pago, en cuyo caso el plazo de presentación finaliza el 15 de octubre).
Si tienes cualquier duda sobre este tema, puedes contactar con nosotros y te ayudaremos a resolverla.