(27/01/2021)
A continuación resumimos las novedades que la Ley de Presupuestos Generales del Estado ha establecido en el ámbito social y laboral:
1. Bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, Desempleo y Protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional: Para el año 2021 se congela la base máxima de cotización (4.070,10 euros al mes) y se mantienen las bases mínimas hasta que se fije del salario mínimo interprofesional 2021.
1.1 Bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional durante el año 2021 para el Régimen General de la Seguridad Social. Los tipos de cotización en el Régimen General de Seguridad Social no han sufrido variación.
Topes máximo y mínimo de las bases de cotización en el régimen general de la seguridad social:
AÑO 2020 |
AÑO 2021 |
PENDIENTE DE CAMBIOS EN CASO DE ACTUALIZACIÓN DEL SMI PARA 2021 | ||
Base Mínima | Base Máxima | Base Mínima | Base Máxima | |
1.108,33 | 4.070,10 | 1.108,33 | 4.070,10 |
1.2 Cotización en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos. La base máxima de cotización será de 4.070,10 euros mensuales. La base mínima de cotización será de 944,40 euros mensuales. Para 2021 los tipos de cotización serán: 28,30 contingencias comunes; 1,30 % por contingencias profesionales; 0,9 % por cese de actividad y 0,1 % por formación profesional (30,60 % en total).
Tipo de cotización | AÑO 2020 | AÑO 2021 | |
Para las contingencias comunes | 28,30 % | 28,30 % | NO HAY CAMBIOS |
Para las contingencias profesionales | 1,10 % | 1,30 % | INCREMENTO DEL O,20 % |
Por cese de actividad | 0,8 % | 0,9 % | INCREMENTO DEL O,10 % |
Por formación profesional | 0,1 % | 0,1 % | NO HAY CAMBIOS |
TOTAL | 29,50 % | 30,60 % | INCREMENTO DEL 1,1 % |
1.3 Cotización en el Sistema Especial para Empleados de Hogar establecido en el Régimen General de la Seguridad Social. Hasta que se fije el salario mínimo interprofesional 2021, se mantienen los tramos de cotización en el Régimen especial de empleados de hogar fijados para 2020. Hasta la fijación del SMI 2021 que permita actualizar las cantidades que se exponen en el Sistema Especial, las bases de cotización serán de conformidad con la siguiente escala :
Tramo en función del máximo horas trabajadas | Tramo de retribución mensual (Euros/mes) | COTIZACIÓN AÑO 2020 | COTIZACIÓN AÑO 2021 | |
1.º | Hasta 240,00. | 206,00 | 206,00 | PENDIENTE DE CAMBIOS EN CASO DE ACTUALIZACIÓN DEL SMI PARA 2021 |
2.º | Desde 240,01 hasta 375,00 | 340,00 | 340,00 | |
3.º | Desde 375,01 hasta 510,00 | 474,00 | 474,00 | |
4.º | Desde 510,01 hasta 645,00 | 608,00 | 608,00 | |
5.º | Desde 645,01 hasta 780,00 | 743,00 | 743,00 | |
6.º | Desde 780,01 hasta 914,00 | 877,00 | 877,00 | |
7.º | Desde 914,01 hasta 1.050,00 | 1.050,00 | 1.050,00 | |
8.º | Desde 1.050,01 hasta 1.144,00 | 1.097,00 | 1.097,00 | |
9.º | Desde 1.144,01 hasta 1.294,00 | 1.232,00 | 1.232,00 | |
10.º | Desde 1.294,00. | Retribución mensual hasta base máxima | Retribución mensual hasta base máxima |
1.4 Cotización en los contratos para la formación y el aprendizaje. Dada la congelación de las bases mínimas de cotización, se mantienen las cuantías de cotización vigentes en el año 2020 hasta la publicación del SMI para 2021.
Concepto | AÑO 2020 | AÑO 2021 | |
Contingencias Comunes (Cuota única mensual) | 51,05 euros | 51,05 euros | PENDIENTE DE CAMBIOS EN CASO DE ACTUALIZACIÓN DEL SMI PARA 2021 |
Contingencias profesionales (Cuota única mensual) | 5,85 euros | 5,85 euros | |
Fondo de Garantía Salarial (Cuota única mensual) | 3,23 euros | 3,23 euros | |
Desempleo | 74,03 euros | 74,03 euros | |
Formación Profesional | .. | .. | |
TOTAL (si procede cotizar desempleo) | 134,20 euros | 134,20 euros |
Año | IPREM mensual | IPREM anual (12 pagas) | IPREM anual (14 pagas) |
2020 | 537,80 € | 6.454,03 € | 7.519,59 € |
2021 | 564,90 | 6.778,80 € | 7.908,60 € |
INCREMENTO DEL 5 % |
Las empresas de 1 a 5 trabajadores dispondrán de un crédito de bonificación por empresa de 420 euros, en lugar de un porcentaje. Asimismo, podrán beneficiarse de un crédito de formación, en los términos establecidos en la citada normativa, las empresas que durante el año 2021 abran nuevos centros de trabajo, así como las empresas de nueva creación, cuando incorporen a su plantilla nuevos trabajadores. En estos supuestos, las empresas dispondrán de un crédito de bonificaciones cuyo importe resultará de aplicar al número de trabajadores de nueva incorporación la cuantía de 65 euros.
Las empresas que durante el año 2021 concedan permisos individuales de formación a sus trabajadores, dispondrán de un crédito de bonificaciones para formación adicional al crédito anual que les correspondería, de conformidad con lo establecido en el párrafo primero de este apartado, por el importe que resulte de aplicar los criterios determinados por la normativa aplicable. El crédito adicional asignado al conjunto de las empresas que concedan los citados permisos no podrá superar el 5 por ciento del crédito establecido en el presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal para la financiación de las bonificaciones en las cotizaciones de la Seguridad Social por formación profesional para el empleo.
7. Regulación del salario mínimo interprofesional para 2021 Hasta tanto se apruebe el real decreto por el que se fija el salario mínimo interprofesional para el año 2021 en el marco del diálogo social se prorroga el salario mínimo interprofesional para 2020.
SALARIO MÍNIMO | 2020 | 2021 | PENDIENTE DE CAMBIOS EN CASO DE ACTUALIZACIÓN DEL SMI PARA 2021 |
SMI día | 31,66 euros | 31,66 euros | |
SMI mes (14 pagas) | 950 euros | 950 euros | |
SMI mes (12 pagas) | 1.108,33 euros | 1.108,33 euros | |
SMI año | 13.300 euros | 13.300 euros |
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