(29/01/2020)
La tarifa plana es una medida por la cual el autónomo paga a la Seguridad Social una cuota mensual menor con respecto a la tarifa base. En 2020, esta tarifa de 50 se alarga a un año y en Madrid se extiende hasta los 18 meses, gracias a las Ayudas del Programa de Consolidación del Trabajo Autónomo de la comunidad autónoma.
Se cobra por medio de transferencia bancaria en dos ocasiones. El primer pago será el correspondiente al periodo entre el sexto mes y el decimosegundo, mientras que el segundo corresponderá al periodo entre el decimotercer mes y el decimoctavo.
En el caso especial de Madrid, los autónomos tienen que solicitar por vía telemática la tarifa plana entre los dos meses antes de que se acabe la ayuda estatal, y los dos meses después de empezar la tarifa plana autonómica, es decir, en los meses 11, 12, 13 y 14 desde su alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
¿Cómo tramitar esta Tarifa?
Hay que reunir los siguientes requisitos:
No haber trabajado como autónomo en los cinco años anteriores (dos a partir de enero)
No ser administrador de una sociedad mercantil
No ser autónomo colaborador
¿Cómo ampliar la Tarifa?
– De forma telemática, mediante un certificado digital.
– De forma presencial, pidiendo hora en la oficina de Registro de la Comunidad de Madrid más cercana.
Si tienes alguna duda en este tema o cualquier otro, en VÍA Consultores te lo resolveremos. Llámanos: 91 435 88 32, o Contáctanos: infoconsultores@via.es