(04/05/2020)
El Consejo de Ministros aprobará mañana martes un Real Decreto-Ley, en el que, entre otras medidas, se relajan las exigencias de la Ley Concursal, se amplía plazos y se prevé la creación de nuevos juzgados especializados, siguiendo la línea de las propuestas del Consejo General del Poder Judicial, para evitar la liquidación de miles de empresas insolventes en la actualidad por culpa de las medidas adoptadas para combatir el Covid-19.
El deudor que se encuentre en estado de insolvencia por la crisis del Covid-19 no tendrá el deber de solicitar el concurso hasta el 31 de diciembre de 2020. Se presumirá, salvo prueba en contrario, que el estado de insolvencia es consecuencia de la crisis si con anterioridad al 14 de marzo de 2020 no se encontraba incurso en ninguno de los supuestos que habilitan al acreedor para solicitar la declaración de concurso. Para determinar las pérdidas para la reducción obligatoria de capital y para la disolución, no se computará el resultado del ejercicio que se cierre en el año 2020. Solo será de aplicación excepcional en el ejercicio social que se cierre en el año 2020.