Muchas de ellas suponen un incremento en la cuota mensual a pagar. Su entrada en vigor es el 01/01/2019.
.- Se establece la obligatoriedad para la generalidad de los autónomos de la cobertura de las contingencias profesionales y cese de actividad.
.- El tipo de cotización se incrementa al 30% (incluye la cobertura por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y prestación por cese de actividad), pasando progresivamente al 30,3% en 2020, 30,6% en 2021 y 31% en 2022.
.- En la situación de incapacidad temporal con derecho a prestación económica, transcurridos 60 días en dicha situación desde la baja médica, corresponde hacer efectivo el pago de las cuotas a la mutua colaboradora con la seguridad social.
.- La base mínima de cotización aumenta y pasa a 944,40 (283,3 /mes de cuota). Para los autónomos societarios esta base mínima pasa de 1.198 a 1.214,10 euros/mes (364,20/mes de cuota).
.- La base máxima de cotización pasa a 4.070,10 (1.221,03 /mes de cuota)
.- La tarifa plana de autónomos se mantiene pero pasa a ser de 60 euros durante los primeros 12 meses para las nuevas altas a partir del 1/01/2019. Esta incluye las contingencias profesionales y comunes y excluye la cotización por cese.
.- El periodo de percepción de prestación por cese de actividad se duplica.
.- La TGSS podrá dar de baja de oficio a aquellos autónomos que no paguen sus cuotas.
.- Los autónomos que tengan la cobertura de contingencias comunes con el INSS tienen obligación de elegir mutua antes del 1 de abril de 2019 con efectos del 1 de septiembre.
.- Se aplaza nuevamente la regulación legal de la actividad a tiempo parcial de los autónomos.
.- Nuevo tipo de infracción laboral grave para los autónomos con multas entre 3.126 y 10.000 euros por la utilización de la figura del falso autónomo.