Mantener una sociedad inactiva puede ser útil, si se desea dejar el negocio en standby por motivos de mercado. Sin embargo, no tener actividad no exime de una serie de cumplimientos legales, que muchas sociedades se saltan. Bien por desconocimiento, o por posibles irregularidades y casos de fraude que Hacienda vigila.
En ocasiones las sociedades dejan de realizar su actividad normal y los administradores deciden, en lugar de darlas de baja, mantenerlas y evitar de esta manera todos los trámites que conlleva su disolución.
Sin embargo, asociaciones como la Asociación Profesional de Expertos Contables y Tributarios de España advierten de que se debe comunicar que la sociedad está inactiva a la Agencia Tributaria.
Para ello hay que hacer una modificación de la declaración censal, en concreto del modelo 036 y 037. A continuación se darán de baja las obligaciones tributarias como las declaraciones mensuales, trimestrales, anuales,…
Pero sí habrá que presentar la referente al Impuesto de Sociedades. En este modelo tendrán que marcar la casilla 026 (que es la que informa de la inactividad de la empresa), lo que permitirá que se pueda hacer el balance sin acceder a la cuenta de pérdidas y ganancias, porque desde la baja no se admiten resultados positivos ni negativos en la sociedad.
Obligaciones con el Registro Mercantil
Asimismo, a partir de la fecha de inactividad, el IVA soportado no será deducible y los administradores podrán darse de baja de la Seguridad Social, siempre y cuando no desempeñen más actividades.
En cuanto al Registro Mercantil, la sociedad sí tendrá la obligación de realizar todos los trámites como si ejerciera la actividad, por lo que tendrá que llevar la contabilidad, legalizar los libros y formular las cuentas anuales. En el caso de que no se depositen los documentos en los plazos legales establecidos, los administradores de la sociedad podrían tener sanciones de 1.200 euros a 60.000 euros.
Más controles de Hacienda
La Agencia Tributaria no va a quitarle el ojo a estas sociedades, pues sospecha que la mayoría de estos negocios fantasma, sobre todo aquellos que son de pequeño tamaño, esconden negocios no declarados.
Según datos recogidos por el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), en España hay registradas 1,42 millones de empresas, aunque sólo 361.000 de ellas acaban pagando el impuesto de Sociedades.