Dado su impacto en materia de Seguridad Social, trasladamos que la Dirección General de Trabajo, ha publicado la instrucción 1/2025 que, hasta que se fije un nuevo valor para el Salario Mínimo Interprofesional 2025, determina que:
- La desaparición abrupta de la prórroga no afecta a los salarios vigentes, por entender que se trata de un salario ya contractualizado.
- Las nuevas contrataciones no deben tomar como referencia un salario mínimo inferior al fijado en el SMI 2024
- La Inspección de Trabajo y Seguridad Social vigilará que las personas trabajadoras reciban puntualmente la remuneración pactada y verificará el cumplimiento estricto de esta obligación empresarial.
A continuación puede acceder a la nota de prensa completa del Ministerio
https://prensa.mites.gob.es/webPrensa/listado-noticia/noticia/4413







